Pacto de socios en España: qué debe incluir si tienes un socio en el extranjero
Cada vez es más habitual que suecos y escandinavos monten una sociedad en la Costa Blanca con un socio que vive en Suecia, en Noruega o en otro país. Los estatutos regulan lo básico de la empresa, pero no resuelven todo lo que puede pasar entre los socios. Para eso existen los pactos de socios: acuerdos privados que dejan claras las reglas del juego desde el primer día.
En Torrevieja Consult asesoramos a empresarios suecos y escandinavos que crean o gestionan sociedades en España. En este artículo te explicamos qué es un pacto de socios, qué validez tiene, qué cláusulas conviene incluir y qué aspectos merecen especial atención cuando uno de los socios vive en el extranjero.
¿Qué es un pacto de socios?
Un pacto de socios es un contrato firmado entre algunos o todos los socios de una sociedad para regular sus relaciones y el funcionamiento de la empresa en aspectos que la ley y los estatutos no cubren, o cubren solo de forma general. A diferencia de los estatutos, no se inscribe en el Registro Mercantil ni tiene que hacerse público.
No tiene una regulación específica, pero su validez está ampliamente admitida en España. Se apoya en la libertad de pactos del Código Civil, que permite a las partes establecer las cláusulas que consideren convenientes siempre que no sean contrarias a las leyes, a la moral ni al orden público (artículo 1255), y en que los contratos tienen fuerza de ley entre quienes los firman (artículo 1091).
Pacto de socios y estatutos: en qué se diferencian
La Ley de Sociedades de Capital establece que los pactos que se mantengan reservados entre los socios no son oponibles a la sociedad (artículo 29). En la práctica, esto significa que el pacto obliga a quienes lo firman, pero la sociedad no está vinculada por él si no se ha trasladado a los estatutos.
Factor | Estatutos | Pacto de socios |
Publicidad | Se inscriben en el Registro Mercantil | Privado y confidencial |
A quién obliga | A la sociedad y a todos los socios, presentes y futuros | Solo a quienes lo firman |
Flexibilidad | Limitada por la ley | Muy amplia, dentro de la ley |
Modificación | Acuerdo de junta, escritura e inscripción | Acuerdo entre los firmantes |
Por eso, lo habitual es combinar ambos: llevar a los estatutos las reglas más importantes, como las limitaciones a la venta de participaciones, y dejar en el pacto el resto de acuerdos entre socios.
Qué cláusulas debe incluir un pacto de socios
No existe un modelo de pacto de socios único: cada uno se adapta a la empresa y a las personas que lo firman. Aun así, estas son las cláusulas que suelen aparecer:
- Gobierno de la sociedad: quién administra, cómo se toman las decisiones importantes y qué mayorías se exigen.
- Aportaciones y financiación: qué aporta cada socio (capital, trabajo, clientes) y cómo se cubrirán futuras necesidades de dinero.
- Dedicación y no competencia: el tiempo que cada socio dedicará al proyecto y el compromiso de no competir con la sociedad.
- Transmisión de participaciones: derecho de adquisición preferente, permanencia mínima (lock-up), derecho de acompañamiento (tag along) y derecho de arrastre (drag along).
- Salida de un socio y valoración: qué ocurre si un socio quiere irse, cómo se calcula el precio de sus participaciones y quién puede comprarlas.
- Reparto de dividendos: la política de reparto o de reinversión de beneficios.
- Solución de bloqueos y conflictos: cómo se resuelve un empate en las decisiones y si se acude a mediación, arbitraje o tribunales.
Conviene tener presente que, en una sociedad limitada, la ley ya prevé que la venta de participaciones es libre entre socios y a favor de cónyuge, ascendientes, descendientes o sociedades del grupo, y que en los demás casos se aplican las reglas de los estatutos o, en su defecto, las de la ley (artículo 107). El pacto sirve para concretar y completar esas reglas.
Qué revisar si tu socio vive en el extranjero
Cuando uno de los socios reside fuera de España, el pacto de socios debe resolver algunas cuestiones prácticas que en una sociedad entre residentes pasan desapercibidas:
- Idioma del pacto: lo recomendable es redactarlo en versión bilingüe y fijar qué versión prevalece si hay diferencias de interpretación.
- Ley aplicable y resolución de conflictos: conviene que sea coherente con la sociedad española y dejar pactado si las discrepancias se resolverán mediante arbitraje o ante tribunales concretos. Si te interesa la diferencia, lee nuestro artículo sobre mediación o juicio en España.
- Firma y participación a distancia: prever cómo firmará el socio desde su país y cómo participará en las juntas, por ejemplo mediante un poder notarial o asistencia telemática si los estatutos lo permiten.
- Notificaciones: indicar un domicilio y un correo electrónico válidos para comunicaciones formales.
- NIE y requisitos formales: el socio extranjero necesita NIE para constituir la sociedad o entrar en ella.
- Fiscalidad de los dividendos: si el socio reside en Suecia, conviene revisar cómo tributan sus dividendos según el convenio entre Suecia y España.
Cuándo conviene firmar el pacto de socios
El mejor momento es al constituir la sociedad, cuando todos los socios comparten la misma ilusión por el proyecto y es más fácil ponerse de acuerdo. También conviene firmarlo o revisarlo cuando entra un socio nuevo, cuando cambia el reparto del capital o cuando se prepara una ronda de inversión. Si estás en la fase de arranque, nuestra guía sobre cuánto cuesta montar una empresa en España te ayudará a planificarlo todo.
Torrevieja Consult te ayuda con tu pacto de socios
En Torrevieja Consult llevamos más de 30 años acompañando a empresarios suecos y escandinavos en España. Redactamos pactos de socios a medida, los coordinamos con los estatutos y tenemos en cuenta la situación de cada socio, viva en España o fuera, dentro de nuestro asesoramiento a empresas y autónomos.
¿Vas a montar una sociedad en España con un socio en el extranjero? Contacta con nosotros y preparamos juntos vuestro pacto de socios, en tu idioma.
Preguntas frecuentes sobre los pactos de socios
¿Qué es un pacto de socios?
Es un contrato privado entre algunos o todos los socios de una sociedad que regula sus relaciones y aspectos del funcionamiento de la empresa que no están en los estatutos.
¿Es obligatorio tener un pacto de socios?
No, es voluntario. Pero es muy recomendable cuando hay varios socios, sobre todo si tienen aportaciones o dedicaciones distintas o si alguno vive en el extranjero.
¿El pacto de socios tiene validez frente a la sociedad?
Obliga a quienes lo firman, pero según el artículo 29 de la Ley de Sociedades de Capital los pactos reservados no son oponibles a la sociedad. Por eso las reglas clave suelen llevarse también a los estatutos.
¿Existe un modelo de pacto de socios?
Hay modelos orientativos, pero cada pacto debe adaptarse a la empresa y a los socios. Un modelo genérico puede dejar sin resolver justo la situación que más os preocupa.
¿Hay que firmar el pacto de socios ante notario?
No es obligatorio, porque es un contrato privado. Puede elevarse a público si los socios quieren reforzar su valor probatorio.
¿En qué idioma se redacta un pacto de socios con un socio sueco?
Lo más práctico es una versión bilingüe, indicando qué idioma prevalece en caso de diferencias de interpretación.


