Herencia en pareja de hecho en España: ¿qué derechos tienes si no estás casado?
Muchas parejas suecas y escandinavas que viven en la Costa Blanca comparten casa, cuentas y proyectos desde hace años sin haberse casado. Es una forma de convivencia muy habitual, pero en España tiene una consecuencia importante en la herencia de la pareja de hecho: la ley no la trata igual que a un cónyuge, y los derechos de quien sobrevive dependen casi por completo de lo que se haya dejado planificado.
En Torrevieja Consult ayudamos a suecos y escandinavos a organizar su herencia en España para que su pareja quede protegida. En este artículo te explicamos qué derechos tiene la pareja de hecho si no hay testamento, qué dice la ley en la Comunitat Valenciana, cómo tributa la herencia y qué puedes hacer hoy para dejarlo todo resuelto.
¿Hereda la pareja de hecho si no hay testamento?
No. En el derecho civil común, que es el que se aplica en la Comunitat Valenciana, la pareja de hecho no tiene derechos hereditarios automáticos. El Código Civil solo reconoce como herederos forzosos a los hijos y descendientes, a los padres y ascendientes y al viudo o viuda (artículo 807). La pareja no casada no aparece en esa lista.
Lo mismo ocurre cuando no hay testamento (sucesión intestada): la ley llama primero a los descendientes, después a los ascendientes y, a falta de ambos, al cónyuge antes que a los hermanos y sobrinos (artículo 944). La pareja de hecho, aunque haya convivido muchos años con el fallecido, no está incluida en ese orden.
La buena noticia es que la solución es sencilla y está al alcance de cualquiera: hacer testamento. Con él, la pareja pasa de no recibir nada a poder heredar una parte muy relevante del patrimonio, e incluso todo, según la situación familiar.
Qué dice la ley sobre las parejas de hecho en la Comunitat Valenciana
La Comunitat Valenciana aprobó la Ley 5/2012 de Uniones de Hecho Formalizadas, que en su redacción original equiparaba a la pareja inscrita con el cónyuge también en la herencia. Sin embargo, el Tribunal Constitucional anuló buena parte de esa ley en la sentencia 110/2016, incluido el artículo sobre derechos sucesorios.
Hoy la ley valenciana sigue regulando cómo se constituye la unión (mediante la inscripción en el Registro de Uniones de Hecho Formalizadas), pero no equipara la sucesión de la pareja a la del matrimonio. Por eso, en herencias sujetas al derecho español en la Comunitat Valenciana, se aplica el Código Civil y la pareja de hecho solo hereda si hay testamento.
Esto no ocurre igual en toda España: algunas comunidades con derecho civil propio, como Cataluña, País Vasco, Galicia, Aragón, Navarra o Baleares, reconocen en mayor o menor medida derechos sucesorios a las parejas estables. Por eso conviene no dar por buena información pensada para otra región.
Suecos residentes en España: qué ley se aplica a su herencia
Si eres sueco y vives en Torrevieja o en otro punto de la Costa Blanca, tu herencia se rige, por regla general, por la ley del país de tu residencia habitual en el momento del fallecimiento, según el Reglamento europeo de sucesiones (Reglamento UE 650/2012). En la práctica, esto significa que se aplicará el Código Civil español y lo explicado en este artículo.
Ese mismo reglamento permite elegir en testamento la ley de tu nacionalidad para que rija toda tu herencia. Es una decisión que merece un análisis previo, porque cambia quién hereda y en qué proporción. Si además tienes bienes en Suecia, puedes consultar nuestra guía sobre herencias con bienes en el extranjero.
Cómo proteger a tu pareja de hecho con un testamento
Con testamento, puedes dejar a tu pareja todo lo que la ley no reserve a los herederos forzosos. Cuánto es depende de tu situación familiar:
- Si tienes hijos, la legítima de los hijos son dos tercios de la herencia, y el tercio restante es de libre disposición (artículo 808). Ese tercio es el que puedes dejar a tu pareja.
- Si no tienes hijos, pero viven tus padres, su legítima es la mitad de la herencia (artículo 809), así que tu pareja puede recibir la otra mitad.
- Si no tienes hijos ni padres, no hay herederos forzosos y puedes dejar a tu pareja todos tus bienes (artículo 763).
Dentro de esos márgenes hay fórmulas muy útiles, como dejar a la pareja el usufructo de la vivienda familiar para que pueda seguir viviendo en ella, mientras los hijos conservan la nuda propiedad. El testamento se otorga ante notario, es un trámite ágil y se puede modificar en cualquier momento.
Diferencias entre cónyuge y pareja de hecho en la herencia
Esta tabla resume las principales diferencias entre estar casado y ser pareja de hecho en una herencia sujeta al Código Civil en la Comunitat Valenciana:
Factor | Cónyuge | Pareja de hecho |
¿Es heredero forzoso? | Sí, con derecho a un usufructo (un tercio si hay hijos, la mitad si hay padres, dos tercios en el resto de casos) | No |
Sin testamento | Hereda todo si no hay descendientes ni ascendientes | No hereda |
Con testamento | Legítima más lo que se le deje de libre disposición | Lo que se le deje, dentro de la parte de libre disposición |
Impuesto de Sucesiones en la Comunitat Valenciana | Reducciones y bonificaciones de cónyuge | Iguales que el cónyuge si la unión está inscrita; si no, tributa como un extraño |
Cómo tributa la herencia de una pareja de hecho
En el Impuesto sobre Sucesiones, la inscripción de la unión marca una gran diferencia. La normativa valenciana (artículo 12 quater de la Ley 13/1997) asimila a los cónyuges a los miembros de parejas de hecho inscritas en el Registro de Uniones de Hecho Formalizadas de la Comunitat Valenciana. Así, la pareja inscrita puede aplicar las mismas reducciones y bonificaciones autonómicas que un matrimonio.
Si la pareja no está inscrita, en cambio, tributa como una persona sin parentesco con el fallecido, sin esas ventajas. Por eso, junto con el testamento, inscribir la unión es la segunda pieza para proteger a tu pareja. Si quieres ver cómo funciona el impuesto en detalle, consulta nuestra guía completa sobre el impuesto de sucesiones en España.
Torrevieja Consult te asesora en la herencia de tu pareja de hecho
En Torrevieja Consult llevamos más de 30 años ayudando a familias suecas y escandinavas a planificar su patrimonio en España. Revisamos vuestra situación (hijos, bienes en España y en Suecia, ley aplicable e inscripción de la unión) y os acompañamos en el testamento y en la gestión de la herencia, con claridad y en vuestro idioma.
¿Vivís en pareja sin estar casados y queréis saber cómo proteger al otro? Contacta con nosotros y lo analizamos juntos, en tu idioma.
Preguntas frecuentes sobre la herencia en pareja de hecho
¿La pareja de hecho hereda en España?
En el derecho civil común, que se aplica en la Comunitat Valenciana, solo hereda si el fallecido lo dejó previsto en testamento. Sin testamento, no tiene derechos hereditarios.
¿Qué pasa con la herencia si no hay testamento y no estábamos casados?
La herencia pasa a los hijos; si no los hay, a los padres; y a falta de ambos, a hermanos y otros parientes. La pareja de hecho queda fuera de ese orden.
¿Cuánto puedo dejar a mi pareja de hecho en testamento?
Un tercio de la herencia si tienes hijos, la mitad si no tienes hijos pero viven tus padres, y la totalidad si no tienes herederos forzosos.
¿Sirve de algo inscribirse como pareja de hecho en la Comunitat Valenciana?
Sí. Aunque no da derechos hereditarios por sí sola, la inscripción permite que la pareja tribute en el Impuesto de Sucesiones igual que un cónyuge.
¿Puede mi pareja seguir viviendo en nuestra casa si yo fallezco?
Sí, si lo dejas previsto en testamento, por ejemplo con el usufructo de la vivienda dentro de la parte de libre disposición.
¿Se aplica la ley sueca a la herencia de un sueco residente en Torrevieja?
Por regla general se aplica la ley española, por ser la de la residencia habitual. Solo se aplica la ley sueca si el fallecido la eligió expresamente en su testamento.


